OBRA NUEVA
Por Cristóbal Burko · 17 de octubre de 2026 · 2 min de lectura
En resumen: todo lo que pagues a la promotora antes de la entrega tiene que estar garantizado con un aval bancario o un seguro, y depositado en una cuenta especial. Antes de firmar, pide la licencia de obra, el documento de la garantía y revisa los plazos del contrato.
Comprar sobre plano significa comprar una vivienda que todavía se está construyendo, o que ni siquiera ha empezado. Mucha gente lo hace porque el precio suele ser mejor que el de una vivienda terminada y porque se va pagando por partes. Pero también es donde más miedo aparece, y con razón: vas a entregar dinero por algo que todavía no existe.
En España, la Ley de Ordenación de la Edificación (Ley 38/1999, en su disposición adicional primera, reformada en 2015) obliga a la promotora a garantizar todas las cantidades que le pagues antes de la entrega. Puede hacerlo de dos formas: con un aval de un banco o con un seguro a tu nombre. La garantía cubre lo que pagaste, incluidos los impuestos, más los intereses legales.
Si la obra no empieza o no se termina en el plazo pactado, puedes pedir que te devuelvan todo. Si la promotora no lo hace en 30 días, lo reclamas a quien dio el aval o el seguro.
Un detalle importante: esa garantía caduca si pasan dos años desde el incumplimiento sin que reclames. No hay que dejarlo pasar.
Lo habitual es una reserva, una parte al firmar el contrato privado, pagos durante la obra y el resto al firmar la escritura, que es cuando suele entrar la hipoteca. Cada promotora tiene su calendario, y vale la pena compararlo.
Trabajo con varias promotoras entre Rincón de la Victoria y Fuengirola, y no le recomiendo un proyecto a un cliente si no puedo responderle las preguntas de esta lista. Comprar sobre plano puede ser una buena decisión, pero solo con los papeles en regla.
Si estás mirando un proyecto concreto, escríbeme y lo revisamos juntos.
Fuente: Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación, disposición adicional primera (redacción de la Ley 20/2015), y Portal del Cliente Bancario del Banco de España. Información orientativa; para tu caso, consulta con un abogado.
Tu caso
Cuéntame qué buscas y te respondo en el día.
EscríbemeValora tu propiedad